PRINCIPIOS

  • Educación formal en los grados de preescolar a noveno.
  • Formación integral.
  • Desarrollo de la autonomía.
  • Desarrollo de competencias laborales y productivas.
  • Formación de líderes con capacidad en la solución de problemas y necesidades.
  • Propiciar la toma de decisiones mediante la participación democrática.
  • La flexibilidad.
  • Propiciar la formación social, ética, moral y demás valores que conlleven a una sana convivencia.
  • Permitir la inclusividad e interculturalidad.
  • Incentivar el espíritu investigativo
  • Apropiarse del uso de las tecnologías dentro del proceso de enseñanza aprendizaje
  • Desarrollar el proceso de enseñanza respetando las capacidades de aprendizaje de los estudiantes
  • Articular los planes de formación de acuerdo a los lineamientos de la primera infancia y los programas de apoyo pedagogicos
  • Desarrollo intelectual, afectivo y voluntario a través de la lúdica.
  • Sentido de pertenencia hacia el entorno y el país.
  • La administración de los recursos es responsabilidad del presidente del consejo directivo, en acuerdo con los demás miembros del mismo (decreto 1075 de 2015) y (decreto 2588 de 2006)
  • Principio de imparcialidad, legalidad y privacidad. Por el cual se garantiza a todas las personas que conforman la comunidad educativa del CER La Unión, deben implementar la aplicación del manual de convivencia, las directivas se atienen a la “norma de normas: constitución vigente”; a lo ordenado en la ley 115 general de educación y sus decretos reglamentarios, al código de infancia y adolescencia, a la ley 1620 y al decreto 1965/2013, de manera imparcial, garantizando el debido proceso, sin tratos humillantes, con ajuste a las obligaciones de las instituciones educativas y de sus directivas impuestas en el código de la infancia y la adolescencia (arts. 43-44 y 45/1098) para los casos correspondientes al manual de convivencia, partiendo siempre de la presunción de la “buena fe” de los corregidos (art.83, CPC).

  • Principio de autonomía y responsabilidad. A través del cual se propicia la capacidad humana para hacerse cargo de la realidad personal, de la realidad histórica y social, y de la sostenibilidad de la “casa común”, es decir, para dar cuenta de sí, de sus acciones de manera libre, autónoma, comprometida y en justicia. Motiva al aprovechamiento de la experiencia y la sabiduría de las personas y las culturas. Tanto las familias como el CER, la sociedad y el estado se hacen corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes, en conformidad con el art. 44 de la Constitución Política y del Código de Infancia y Adolescencia.

  • Principio de perspectiva de género. En la aplicación del manual de convivencia se deben tener en cuenta las diferencias sociales, biológicas, psicológicas de las personas según sexo, estilo de vida, etnia, y rol familiar y social